Familiares beneficiarios del Asilo o la Protección Subsidiaria.

Información sobre Asilo y Protección Subsidiaria- Abogado para Asilo y Protección Subsidiara
Asilo-Protección Subsidiaria

Podrán obtener el derecho de asilo o el beneficio de la protección subsidiaria, los siguientes familiares:

El cónyuge o pareja del extranjero al que se le haya reconocido el estatuto de refugiado o de protección subsidiaria, sus ascendientes y descendientes en primer grado, salvo en aquellos supuestos de independencia familiar, mayoría de edad o distinta nacionalidad.

La resolución por la que se acuerde la concesión del derecho de asilo o de la protección subsidiaria por extensión familiar otorgará el derecho a ejercer actividades laborales, profesionales o mercantiles sin ninguna restricción.

Las personas refugiadas o beneficiarias de protección subsidiaria podrán reagrupar a los miembros de la familia señalados anteriormente, incluso cuando ya se encuentren en España, sin necesidad de solicitar la extensión del estatuto de que disfruten. Pero esta reagrupación sólo será posible cuando los beneficiarios sean de nacionalidad distinta a la persona refugiada o beneficiaria de protección subsidiaria. En estos supuestos el reagrupado obtendrá una autorización de residencia y trabajo.

 

 


Abogada de Extranjeria en Madrid - Nacionalidad