Tarjeta de Larga duración denegada por antecedentes, concedida Medida Cautelar.


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Permisos de Residencia

Caso real por el que se deniega la Tarjeta de Larga Duración a la interesada por constarle antecedentes penales; se interpone Recurso Contencioso Administrativo, solicitándose como medida cautelar el mantenimiento de la tarjeta que permita a la interesada seguir residiendo de forma legal en el país hasta que se dicte Sentencia.

 

En estos supuestos es conveniente solicitar esta medida, pues en ocasiones debido al volumen de trabajo de los Juzgados las vistas se señalan a largo plazo, y si el Juez concede la medida, el interesado puede seguir residiendo de forma legal en el país, trabajando o cobrando el paro, hasta que finalice el procedimiento, lo que supone una enorme ventaja para el recurrente.

 

En el presente caso se alegó el marcado arraigo social y laboral y los perjuicios que la denegación de la medida supondría para la ciudadana extranjera.

 

El juzgado mediante Auto, explica en que consiste la aplicación de la medida cautelar alegando:

 

“Las medidas cautelares están concebidas para asegurar la eficacia de la Resolución que ponga fin al proceso, evitando que el transcurso del tiempo ponga el peligro el cumplimiento de la resolución que ponga término al mismo. Dicho en términos legales, las medidas pretenden “asegurar la efectividad de la sentencia”. Con tal propósito, el riesgo derivado de la duración del proceso, el periculum in mora, se erigen en el artículo 130 de la citada Ley jurisdiccional, como uno de los presupuestos esenciales apara la adopción de la medida cautelar, al tener que tomar en consideración, en la medida cautelar, que “la ejecución de acto o la aplicación de la disposición pudieran hacer perder su finalidad legítima al recurso”. La medida cautelar, por tanto, intenta salvaguardar que la futura sentencia pueda ser cumplida, y que su pronunciamiento tenga un efecto útil, soslayando que se produzcan situación es irreversibles”

 

Se concede esta medida excepcional por el Juzgador valorándose los argumentos expuestos en la demanda:

 

“Descendiendo al caso concreto que ahora nos ocupa, el ahora demandante alega que se causaría un daño irreparable de no adoptar la medida solicitada, dado que perdería su empleo al quedarse en situación irregular, añade que tiene arraigo en España donde reside su hija.

 

Valoradas las circunstancias, dado que en principio no existe un perjuicio para el interés general puesto que los antecedentes penales, según los datos que obran en autos hasta el momento obedecen a un única condena, que se encuentra suspendida, y que la recurrente es cierto que quedaría en situación irregular sin poder trabajar, procede el otorgamiento de la medida cautelar solicitada y, sin que esta decisión suponga una valoración sobre el fondo del asunto pues se adopta únicamente a efectos cautelares”

 

 Se acompaña la Resolución denegatoria y Auto concediendo la medida cautelar.

 

 


Resolución denegatoria de la Tarjeta de Larga Duración por existir antecedentes penales.

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Auto concediendo medida cautelar prorrogando la tarjeta de Larga Duración.

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Abogada de Extranjeria en Madrid - Nacionalidad