El 17 de febrero de 2026 fue aprobada la subida del Salario mínimo Interprofesional de 1.184 euros brutos
mensuales a 1.221 euros mensuales distribuidos en 14 pagas o 1.424,50 en 12 pagas.
El Salario Mínimo Interprofesional es la cantidad mínima que debe recibir un trabajador por sus
servicios en un periodo concreto, en este caso jornada completa, y se regula en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores que establece que el mismo es inembargable.
Esta subida en el salario tiene efectos retroactivos, es
decir, aunque haya sido aprobado en el mes de febrero se aplicará a las nóminas percibidas desde el 1 de enero de 2026.
Elena Abella.
Abogada de Extranjería.
654.788.604