Renovación del Permiso de Residencia No Lucrativa.

Información sobre el Procedimiento para renovar y prorrogar los permisos de residencia.
Renovación permisos.

El permiso de Residencia no lucrativa debe renovarse dos meses antes de la caducidad de la tarjeta, o tres meses después, aunque en este caso la oficina de extranjería puede imponer una sanción económica.

 

REQUISITOS 

 

El principal requisito será acreditar que se cuenta con medios económicos suficientes para poder seguir residiendo en España sin necesidad de trabajar. Es decir, el 400% del IPREM anual para el titular (unos 28.800 €), más el 100% del IPREM (unos 7.200 ) por cada familiar a cargo.

  • Seguir manteniendo contratado un Seguro médico.
  • Haber residido de forma real y efectiva en España durante más de 183 días al año.
  • Tener escolarizados a los menores a su cargo durante la permanencia de éstos en España. 
  • Pago de la tasa  790 código 052.
  • Impreso de solicitud (EX01)
  • Copia del pasaporte completo o título de viaje en vigor, reconocido como válido en España. 

La presentación de la renovación permite al interesado seguir residiendo y trabajando de forma legal hasta obtener la Resolución favorable, operando en estos casos el silencio positivo; es decir transcurridos tres meses desde la presentación el permiso se entiende estimado por silencio; debiendo solicitarse el correspondiente certificado (Ver más).

 

 

La tarjeta concedida tendrá una vigencia de dos años.

 

Elena Abella.

Abogada de Extranjería.

654.788.604.



Abogada de Extranjeria en Madrid - Permisos de Residencia y Trabajo