Reforma del Reglamento de extranjería, beneficiando a los menores no acompañados y extutelados

Información sobre el permiso por circunstancias excepcionales - Abogado para Permisos por Circunstancias Excepcionales
Permiso Circunstancias Excepcionales.

Se ha aprobado por el Consejo de Ministros un Real Decreto por el que se modifica determinados artículos del reglamento de extranjería referentes a los permisos de menores extranjeros y extutelados.

 

Con esta reforma se pretende evitar la situación actual de muchos menores que quedan en situación irregular al cumplir los 18 años.

 

Los principales cambios consisten en: reducir los plazos para obtener la residencia, reducción de los requisitos económicos, aumento de la vigencia de los permisos, así como permisos de trabajo a los menores entre 16 y 18 años.

 

Las principales modificaciones del artículo 196 son las siguientes:

 

  • Se reduce el pazo de 3 a 6 meses para acreditar la imposibilidad de retorno. De manera que cuando transcurran tres meses se documentará de oficio a los interesados, sin que ello sea un obstáculo en el caso de que procediera la repatriación.
  • Se amplía la vigencia de la autorización de residencia inicial de uno a dos años y la autorización de renovación a tres años.
  • Se elimina el requisito del acta notarial necesario hasta ahora para obtener la cédula de inscripción, bastando con un informe de la entidad encargada de la protección del menor.
  • Se permite a los menores de 16 acceder al mercado laboral con su autorización de residencia.

La principal novedad en la modificación de los artículos 197 y 198 es la creación de un procedimiento específico para los menores extutelados.

 

  • Artículo 197: En los supuestos en los que al llegar a los 18 años sigan documentados, podrán renovar su residencia acreditando unos ingresos de 500 euros, bien procedentes de un empleo o de organizaciones que estén a su cargo,  fijándose la cuantía máxima en los Ingresos Mínimos Vitales que tienen derecho a percibiese en un hogar unipersonal (470 euros al mes actualmente), en lugar de los 2.000 euros que se exigían hasta ahora pues se aplicaba el mismo criterio que para la obtención de una residencia no lucrativa.
  • Artículo 198: los menores que al alcanzar los 18 años no estén documentados podrán obtener un permiso de residencia y trabajo acreditando los requisitos del artículo anterior.

Valorándose en ambos supuestos los informes sobre esfuerzo de integración, continuidad de estudios o formación.  

 

En el caso de los extutelados entre 18 y 23 años indocumentados, se establece el mismo procedimiento que para los menores que llegan sin documentar a la mayoría de edad.

 

 


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