La Sala Contenciosa del Tribunal Supremo 868/2026 ha dictado una Sentencia que modifica y anula varios artículos del Real Decreto 1155/2024 de 19 de noviembre.
Uno de los artículos afectados es el que se refiere a la reagrupación de los ascendientes y la necesidad de acreditar que se encuentran a cargo del ciudadano español, en su país de origen (artículo 196. b).
A partir de ahora, en aquellos supuestos en los que el familiar lleve algún tiempo residiendo en España con su hijo, podrá solicitar el permiso de familiar de español, acreditando únicamente que se encuentra a su cargo en España sin la necesidad de demostrar la dependencia continuada durante el último año en su país de origen.
Elena Abella Díaz.
Abogada de Extranjería.
654.788.604/91.530.96.98
