Últimas novedades sobre la Regularización Extraordinaria prevista para e 2026.

Información sobre Derecho de extranjería
Derecho de extranjería.


Se están concediendo muchos permisos por motivos humanitarios en estas semanas, y muchas de estas personas tienen en trámite su solicitud de regularización ver aquí más información.

 

En el día de ayer finalmente, 22 de mayo de 2026,  el Tribunal Supremo rechazó la suspensión de medida cautelar del proceso de regularización que se había solicitado por Vox y varias asociaciones.

 

Es muy buena noticia pues significa que el proceso sigue adelante y permitirá que cientos de extranjeros continúen presentando las solicitudes para obtener su permiso de residencia hasta el 30 de junio de 2026

 

Ya están llegado las primeras comunicaciones de Admisión a trámite, en las que expresamente consta que el interesado puede comenzar a trabajar de forma provisional, por cuenta propia y ajena (ver cómo obtener el Nº de la Seguridad Social), pero que además, se enviará  a su domicilio Resolución por la que todos los miembros de la familia tendrán derecho a asistencia sanitaria sin necesidad de realizar trámite alguno,  pincha aquí para ver más. 

 

Se ha aprobado la regularización y pueden empezar a presentarse las solicitudes, el plazo será improrrogable hasta el 30 de junio de 2026.

 

En cuanto a la forma de presentación, se podrá hacer de forma telemática a través de la plataforma mercurio o presencialmente por los interesados solicitando cita previa, habilitándose oficinas de la Seguridad Social y de correos para entregar la documentación, sólo se podrá presentar en Oficinas de extranjería de: Madrid, Alicante, Almeria, Madrid, Murcia y Valencia en horario de tarde el resto de las oficinas de extranjería de otras provincias de España NO recepcionarán la documentación de forma presencial. Los interesados deberán solicitar cita previa en la web para poder presentar la documentación.

 

Entre los requisitos que ya se conocía hasta ahora se ha incorporado además la salvo que se sea solicitante de asilo la necesidad de cumplir una de estas tres condiciones: 

 

  • Haber trabajado por cuenta propia o ajena,  o presentar una oferta de empleo, o una declaración responsable con la intención de trabajar por cuenta propia.
  • Convivir con hijos menores o mayores discapacitados o ascendientes.

  • Contar con un informe de vulnerabilidad.

    Entre otras novedades es la posibilidad de realizar trámites con el pasaporte caducado.
  • Se detallan los requisitos de los antecedentes penales y el hecho de que se valorará las circunstancias personales del interesado en el caso de tener  antecedentes policiales NO siendo causa de denegación automática.

  • Las prórrogas de las autorizaciones serán de 4 años, en aquellos casos en los que haya una enfermedad, discapacidad del solicitante o se esté jubilado.

En cuanto a los solicitantes de Asilo, bastará con que acrediten que presentaron su solicitud antes del 1 de enero de 2026 y en caso de haberla recurrido aportar el justificante del recurso, NO es necesario desitir de manera previa, tendrá que hacerse una vez concedido el permiso.

Las solicitudes se podrán presentar de forma telemática a través de la plataforma Mercurio con firma digital o clave.


Podrán presentarse igualmente de manera presencial en oficinas como la Seguridad Social, Registros Públicos y oficinas de extranjería, pero será necesario solicitar cita previa por la plataforma Mercurio (algo que puede ser complicado para aquellas personas que no dispongan de firma digital).

Las oficinas habilitadas en toda España para recibir las solicitudes estarán disponibles en horario de tarde de 16.00 a 19.00 horas.

 Los expedientes serán resueltos por la UTEX (en Vigo) no por las oficinas de extranjería.

 

Elena Abella.

Abogada de Extranjería.

654.788.604.



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