Estás legal, aunque no tengas la Tarjeta física.

Información sobre Derecho de extranjería
Derecho de extranjería.


Como consecuencia de la falta de citas para poner las huellas y obtener la tarjeta de extranjero (el TIE) surgen numerosas dudas y preguntas para los interesados que tras meses de espera para obtener una resolución favorable, ven que la angustia no desaparece al no conseguir cita para poder ir a poner las huellas.

 

Por eso, es importante recordar, que desde el primer momento en el que el interesado obtiene la Resolución de concesión del permiso ya se encuentra de forma legal en el país y por tanto, aunque pasen los meses y no se consiga cita para las huellas NO se pierde la residencia. El interesado puede residir y trabajar sin problemas; si el empleador pusiera algún impedimento para dar de alta al interesado el consejo es que contacté con un abogado, pues la normativa es muy clara al respecto y señala que:

 

"La autorización concedida mediante la presente resolución produce plenos efectos frente a la Administración y frente a terceros, y su eficacia no se encuentra condicionada a la obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, sin perjuicio de que, de conformidad con el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, deba ser solicitada en el plazo de un mes desde su concesión".

 

Si pasan más de 6 meses y no se ha conseguido poner las huellas, la oficina de extranjería ya no lo permitirá, pero eso NO es un impedimento para poder renovar el permiso dos meses antes del vencimiento del plazo señalado en la Resolución.

 

El tiempo de residencia legal se sigue acumulando de igual forma, pues el plazo que cuenta es el de la Resolución no el de la expedición del TIE.

 

Las limitaciones de no tener la TIE son las siguientes:

 

  • Aunque se puede viajar dentro del territorio español (con el pasaporte y la Resolución favorable) sin problemas, sin la tarjeta NO se puede viajar fuera de España, pues se podría tener problemas a la hora de regresar.

  • Canje del permiso de conducir: No es posible realizarlo, pues  La Dirección General de Tráfico (DGT) exige de forma obligatoria el número de soporte, que es un dato que solo aparece impreso en la tarjeta física.

  • Realización de los Exámenes de nacionalidad (CCSE / DELE): Sí es posible inscribirse y realizarlos. El Instituto Cervantes no requiere el número de soporte para la inscripción, sin embargo NO se puede presentar la solicitud de nacionalidad, pues la plataforma telemática del Ministerio de Justicia exige el número de soporte de la TIE.

  • En cuenta a la posibilidad de abrir una cuenta bancaria, depende de cada entidad, algunas sí lo permiten bastando el pasaporte y la resolución favorable, y otros exigen obligatoriamente la TIE física.

 

 

 

 

Elena Abella Díaz.

Abogada de Extranjería.

91.530.96.98/654.788.604

 

 



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