Cinco consejos para tramitar el Arraigo con éxito, evita la denegación.

Información sobre Permisos de Residencia en España - Abogado para Permisos de Residencia y Trabajo
Permisos de Residencia

Una de las formas más habituales para conseguir regularizarse es la vía del Arraigo, y aunque puede parecer un procedimiento sencillo en ocasiones puede ser denegado o alargarse innecesariamente al cometerse errores a la hora de la presentación.

 

Es importante tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

 

1.- Acreditación correcta de la permanencia en España.

Es importante que a la hora de demostrar la estancia en el país al menos durante los últimos dos años, se aporte documentación que acredite esta circunstancia, el empadronamiento por sí sólo NO es suficiente, hay que aportar más documentación, cualquier ya sea pública o privada (envíos de dinero, informes médicos, cursos, recarga del abono transporte, facturas…) cualquier documento en el que conste la fecha y nombre del interesado sirve.

2.- Ausencias fuera del país.

NO se permite que salidas que hayan superado más de 90 días, ni siquiera si se hubieran realizado estando el interesado residiendo de forma legal.

3.- La documentación presentada de forma correcta.

Los documentos (antecedentes penales, certificados de nacimiento etc…) deben estar siempre en vigor, legalizados o apostillados y traducidos (en caso de ser necesario) por traductor jurado español.

4.- En el supuesto del Arraigo sociolaboral.

Es fundamental que el empleador carezca de deudas con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria, y que tenga medios económicos suficientes para pagar el salario. (Ver más)

5.- Carecer de Antecedentes penales o policiales en España.

 

NO basta con acreditar que no se tienen antecedentes en el país de origen, tampoco en España. Y es muy importante que si en algún momento la persona fue detenida cancele los antecedentes policiales que se le hayan generado.

 

Recuerda asesorarte con un abogado en caso de dudas sobre el procedimiento.

 

Elena Abella Díaz.

Abogada de Extranjería.

654.788.604



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