En el presente caso nos encontrábamos ante una ciudadana extranjera a la que se le había incoado un expediente de expulsión el 27 de abril de 2010 por estancia irregular, se dictó Resolución decretando su expulsión por un plazo de tres años. El 5 de mayo de 2010; es detenida y llevada al Centro de Internamiento de extranjeros desde donde se materializa la misma¸ es decir es expulsada del territorio español.
Se solicitó la revocación del acto administrativo el 11 de octubre de 2012, en base a la circunstancia de que la interesada había contraído matrimonio con un ciudadano comunitario.
El 22 de octubre de 2012, en menos de un mes, se notifica por parte de la Delegación de Gobierno de Madrid la Revocación de la Resolución de
expulsión.
Se acompaña Resolución de expulsión, Escrito solicitando la revocación y Resolución estimatoria de la Delegación de Gobierno.