Estamos de enhorabuena en estos días, pues recientemente he recibido concesiones de permisos de familiares de ciudadano español en un plazo de tres meses.
Son Resoluciones emitidas por la Oficina de Extranjería de Madrid, que normalmente lleva mucho retraso debido a su volumen de trabajo, pero que sin embargo, están resolviendo estos expedientes con bastante celeridad.
Os muestro dos ejemplos, uno de ellos es la concesión a un ascendiente mayor de 80 de familiar de español, en este caso bastó con acreditar el parentesco y los vínculos familiares (partidas de nacimiento), el familiar extranjero se encontraba en España y bastará con que ahora solicité la correspondiente tarjeta de residencia con una vigencia de 5 años.
El otro supuesto, es de cónyuge de familiar de español encontrándose el ciudadano extranjero en su país de origen; el matrimonio NO estaba inscrito en España pero no ha sido un impedimento, pues se aportó copia en vigor traducida y legalizada. El interesado dispone ahora de un plazo de dos meses para solicitar el visado de Familiar de español, con el que entrar en el país y obtener la residencia, de cinco años igualmente.
Espero resulte interesante.
Abogada de extranjería.
654.788.604
