En esta ocasión se solicitó Reagrupación familiar de un menor en fecha 16 de mayo de
2026.
Se aportó con la solicitud el correspondiente certificados de nacimiento, copia completa de los pasaporte del reagrupante y reagrupado, medios ecónomicos, copia de la tarjeta de residencia, informe favorable sobre la vivienda etc...
El 27 de mayo de 2026, se dicta Resolución favorable concediendo el permiso con una vigencia de cinco años.
El paso siguiente es que se solicite el correspondiente visado en el Consulado de España y una vez que el menor se encuentre en territorio español, pedir cita para las huellas y la obtención de la correspondiente tarjeta.
Se acompaña resolución.
Abogada de Extranjería.
654.788.604
