Es muy habitual que el extranjero titular de una tarjeta de larga duración se haya ausentado del país más tiempo del permitido por la normativa (12 meses consecutivos), haya regresado a su país acogiéndose al retorno voluntario, o modificado su tarjeta de larga duración a larga duración UE con el fin de trabajar en Europa; en estos casos si desea regresar a España se encuentra ante el problema de cómo recuperar esa autorización de residencia.
El proceso se pude realizar:
En el Consulado de España del país de origen o donde viva el interesado de manera legal.
O en la Oficina de Extranjería de la ciudad donde se resida procediéndose a extinguir la autorización y posteriormente conceder la Recuperación de Residencia de Larga Duración sin necesidad de tener que salir del país como ocurría anteriormente.
Requisitos.
Documentación
Se aportarán originales y copia de toda
la documentación debidamente traducida y legalizada.
Procedimiento:
En el caso de que el interesado se encuentre en España presentará la solicitud en la oficina correspondiente, que deberá resolver en un plazo de tres meses, transcurrido el mismo sin obtenerse contestación se entenderá estimado por silencio positivo pudiendo el interesado solicitar la correspondiente tarjeta de residencia de larga duración, solicitando cita para la toma de huellas. Para que opere este silencio positivo, es necesario presentar un escrito ante la oficina de extranjería pidiendo la emisión del correspondiente Certificado y resolución favorable del procedimiento. Ver modelo de escrito.
En caso de encontrarse en el extranjero, deberá acudir al Consulado Español del país en el que resida, que una vez examinada la documentación y recabados los oportunos informes al Registro Civil de Penados, emitirá el correspondiente visado como titular de una autorización de larga duración que permitirá al interesado entrar en España de forma legal y solicitar posteriormente una vez que se encuentre en el país la tarjeta de residencia.
Abogada.