Ya se están recibiendo las primeras comunicaciones de Admisión a trámite de las solicitudes presentadas conforme a lo dispuesto en la Regularización extraordinaria.
En este caso concreto se realizó la solicitud conforme a la Disposición Adicional vigésima, pues la interesada era solicitante de Asilo, (impreso EX31).
El permiso se presentó a través de la plataforma Mercurio el 19 de Abril comunicándose el pasado 30 de abril la admisión del mismo, especificando que la interesada ya podía trabajar de forma provisional por cuenta propia y ajena, pero que además, se le enviaría a su domicilio Resolución por la que todos los miembros de la familia tendrán derecho a asistencia sanitaria.
En la comunicación se establece igualmente un plazo de 10 días para aportar el pago de la tasa (790 código 056), no siendo necesario realizarlo en este caso pues se había acreditado el pago de la misma con la solicitud al tener asignado número de NIE:
Así se establece de forma literal:
"El presente trámite de admisión implica la autorización, de forma provisional , a la persona solicitante a residir y, en caso de que se encuentre en edad laboral, a trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia en todo el territorio nacional y en cualquier ocupación o sector de actividad. En unos días, recibirá en el domicilio que ha facilitado en su solicitud y sin necesidad de acudir a ningún Centro de la Seguridad Social, la Resolución por la que se reconoce el derecho a la asistencia sanitaria a todos y cada uno de los miembros de su familia, con el número de Seguridad Social que haya sido asignado a cada uno de ellos. El número de Seguridad Social que consta en la Resolución lo deberán comunicar cuando comience a trabajar y podrán dirigirse con esta Resolución al Centro de Salud más cercano a su domicilio para solicitar sus Tarjetas Sanitarias".
Espero que esta información sea interesante, se acompaña el documento..
Abogada de Extranjería.
654.788.604
