En vigor el nuevo Reglamento de Extranjería de 2024 - 20 de mayo de 2025

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El día 19 de noviembre de 2024 fue aprobado el Nuevo Reglamento de Extranjería (ver texto íntegro), habiendo sido publicado en el BOE el día 20 de noviembre de 2024 y entrará en vigor en pocos días, el 20 de mayo de 2025

 

Este Reglamento trae importantes cambios como la creación de los Nuevos permisos por Arraigo, con la particularidad de que para poder acogerse a los mismos, basta con acreditar dos años de estancia en en el país, en vez de los tres años años que se ha exigido hasta ahora. Estos nuevos arraigos serán más flexibles y permitirán la regularización de muchas personas en situación irregular.

 

Los permisos obtenidos por esta vía tendrán una vigencia de un año, y tras la renovación se ampliarán a 4 años.

 

Una novedad fundamental es la desaparición del Arraigo Familiar tal y como hasta ahora se conocía y el Permiso de Familiar comunitario, unificándose ambos en un Nuevo Permiso para Familiares de Españoles, que engloba tanto a los familiares directos como a la llamada "familia extensa".

 

Este permiso trae consigo cambios favorables, como es el hecho de poder reagrupar a los hijos hasta los 26 años (el límite actual eran los 21) o poder tramitarse las solicitudes por el ciudadano español desde nuestro país en vez de hacerse el trámite desde los Consulados.

 

Pero también hay cambios negativos, como es el hecho de que todos los ascendientes (padres, suegros) menores de 80 años tendrán que demostrar la dependencia económica y que están a cargo  del ciudadano español (anteriormente los mayores de 65 años no debían acreditar estas circunstancias), para poder ser reagrupados; además no podrán solicitar el permiso estando en España, debiendo regresar a su país.

 

Respecto a los solicitantes de asilo, que en un principio se pensaba que iban a poder regularizarse por la vía del arraigo de la segunda oportunidad, el Reglamento no contempla esta posibilidad tal vez con el fin de que no se utilice el procedimiento de asilo como una vía final para obtener un permiso; estableciéndose un proceso de regularización transitoria para aquellos que lo hubieran solicitado, pero se les haya denegado. (Ver completo)


Los estudiantes, también se van haber afectados por el Nuevo Reglamento, limitándose los estudios a realizar en España, quedando excluidos los menores que ya no podrán cursar estudios en nuestro país.

 

Hay ventajas como el hecho de que puedan trabajar hasta 30 horas a la semana y que los estudios puedan ser un 50% online, flexibilizándose los requisitos para acreditar los medios económicos. El permiso se concederá por el tiempo que duren los estudios (un año, dos, cuatro...)

 

Se sigue manteniendo la posibilidad de obtener la estancia por estudios desde España (con una antelación de dos meses al inicio del curso y dentro de su periodo de estancia legal; con al importante novedad de que sus familiares podrán solicitar igualmente la residencia desde España (antes era imprescindible que lo hicieran desde su país).

 

Quedan excluidos de las autorizaciones por estudios las actividades de investigación y prácticas no laborales.

 

 

 

Por Elena Abella Díaz - Abogada de Extranjería

 

Telf. 91 530 96 98


Rueda de Prensa sobre el Nuevo Reglamento de Extranjería - 19 de Noviembre de 2024


Nota de Prensa sobre la aprobación del Nuevo Reglamento de Extranjería

19/11/2024

Consejo de Ministros

El Gobierno aprueba un nuevo Reglamento de Extranjería para mejorar la integración de las personas migrantes a través de tres palancas: trabajo, formación y familia

  • El Reglamento se adapta a la situación actual del fenómeno migratorio y a la legislación europea, además de tener en cuenta las demandas de nuestro mercado laboral, las necesidades de los migrantes y los retos demográficos de nuestro país
  • Se reducen plazos y trámites, se eliminan duplicidades, se refuerzan los derechos de los trabajadores migrantes y se dan garantías a las empresas
  • Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año con renovaciones de cuatro. También se amplía el visado de búsqueda de empleo, que será por un año, en lugar de tres meses
  • Se establecen cinco figuras de arraigo, creándose la de arraigo de segunda oportunidad, que permite la regularización de las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y no se hubiera renovado
  • Se modifica la estancia por estudios, permitiendo trabajar hasta 30 horas semanales, y se mejora la reagrupación familiar
  • “Este Reglamento representa un equilibrio entre la extensión y protección de los derechos de las personas migrantes y el rigor jurídico y la atención a las necesidades de España”, ha explicado la ministra de Inclusión, Elma Saiz

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un nuevo Reglamento de Extranjería que tiene como principales objetivos adecuar la norma a la situación migratoria actual, satisfacer las necesidades de nuestro mercado laboral y de las personas migrantes, así como hacer frente al reto demográfico de nuestro país. Por otra parte, el nuevo texto cumple con el derecho de la Unión Europea a través de la transposición de directivas pendientes y la aplicación de los reglamentos comunitarios. “Es la reforma más integral y ambiciosa que se ha realizado en 13 años, desde su entrada en vigor en 2011”, ha destacado la ministra Elma Saiz.

“Representa un equilibrio entre la extensión y protección de los derechos de las personas migrantes y el rigor jurídico y la atención a las necesidades de España. Aporta seguridad jurídica, simplifica trámites y protege derechos, pero además ofrece nuevas posibilidades a las personas que hayan decidido desarrollar su proyecto de vida en España, a ellas y a sus familias”, ha puntualizado.

Además, este nuevo texto “va a servir para combatir a las mafias, el fraude y la vulneración de derechos”. “Hemos trabajado con las asociaciones que trabajan con migrantes, con la patronal y con los sindicatos, las comunidades autónomas y las entidades locales. Este texto es producto de un largo proceso de escucha”.

Principales novedades: visados

El nuevo texto crea un título específico para los visados, que clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro.

De esta forma, se evitan situaciones de irregular sobrevenida, algo que también se ha querido evitar en la nueva norma al aclarar y simplificar los trámites para el cambio de una situación de residencia a otra. Por ejemplo, no será necesario abandonar nuestro país para obtener la residencia de larga duración después de haber tenido una temporal.

“Debemos permitir a las personas realizar su proyecto de vida en España facilitando los cambios de estatus, por ejemplo, si un estudiante viene a formarse y luego se incorpora al mercado laboral, o si un familiar reagrupado decide obtener un permiso de trabajo propio”, ha explicado Elma Saiz.

También se ha extendido a un año el visado para la búsqueda de empleo, que antes era una autorización de 3 meses. Este visado permite la búsqueda de empleo en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales, de forma que los 12 meses “van a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan”.

Principales novedades: cinco figuras de arraigo

Mención específica merecen en esta reforma las figuras de arraigo. “Somos el único país de la Unión Europea que dispone de una figura específica para regularizar a las personas día a día a través del arraigo”, ha explicado Elma Saiz, “con cinco modalidades: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad, que es una de las novedades más importantes de este nuevo Reglamento”. Esta nueva modalidad va dirigida a las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y no se hubiera renovado por diversas razones.

 “El objetivo es reforzar y ampliar las vías de acceso a la regularización de las personas migrantes que están en España, para que puedan llevar una vida plena como ciudadanos: tener derechos y tener deberes”, ha explicado Saiz.

Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajean como propia desde el primer momento.

Todas estas autorizaciones serán de un año salvo la familiar, que será de 5.

A finales de 2023, había más de 210.000 personas con autorización por arraigo, 85.000 más que en 2022. Gracias a esto, la afiliación entre las personas con arraigo aumentó un 30,4% de 2022 a 2023. “Gracias a estas figuras, con las novedades que hemos incorporado, estimamos que se podrían regularizar unas 300.000 personas cada año en los próximos 3 años. Es una fórmula que se adapta plenamente al Pacto Europeo para la Migración”.

Tres palancas de inclusión: trabajo, formación y familia

En conjunto, “el Reglamento abre puertas que antes estaban cerradas mediante tres llaves: la formación, el empleo y la familia. Tres llaves que nos llevan a la inclusión, pero siendo muy exigentes con los requisitos jurídicos y exquisitos con los derechos humanos”, ha dicho la ministra.

Trabajo

En este sentido, la mayor parte de las autorizaciones reguladas en este reglamento habilitan para trabajar desde el primer momento, sin tener que solicitar de forma expresa una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena. Esto incluye a las personas que vienen a realizar estudios, que podrán trabajar hasta 30 horas a la semana. De esta forma, se fomenta la inclusión del migrante y su integración en la sociedad.

En cuanto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo. Además, se mejora la protección de los derechos de los trabajadores, ya que deberán tener información concreta y escrita (en un idioma que comprendan) de sus condiciones laborales, de estancia y demás gastos. También se mejoran sus condiciones de habitabilidad y la seguridad del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta en la Seguridad Social aquí. A esto se suma una mejora en la posibilidad de cambio de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el desarrollo de la relación laboral (fallecimiento del empleador, plaga en la cosecha etc.).

Por otra parte, el texto promueve que los empresarios dispongan de más información en todo el proceso, que es más sencillo y flexible para que puedan adaptarse a las necesidades concretas como la duración determinada o la gestión colectiva de contrataciones. Ampliar los permisos de residencia (con la fórmula 1+4) da mayor estabilidad y más garantías a las empresas.

Formación

Otra de las novedades para los estudiantes es que van a poder contar con una autorización de estancia por estudios que dure el mismo tiempo que su formación, y se les va a facilitar una vía rápida para poder enlazar con una autorización de trabajo una vez acabada su formación.

Durante sus estudios estarán autorizados a trabajar un máximo de 30 horas semanales, e independientemente de la formación que estén cursando.

Se han reforzado los requisitos y las obligaciones de los centros de estudios, por lo que le damos a los estudiantes una protección superior a la actual, “nos aseguramos de que obtengan una formación digna y suficiente y evitamos que sean víctimas de fraude”, ha dicho la ministra Elma Saiz.

Familia

Con el objetivo común de la inclusión, se ha mejorado la reagrupación familiar. Se ha creado una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años (antes 21), y se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían fuera, como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente que pueda acreditar una relación afectiva análoga. 

La mayoría de las personas que se van a beneficiar de esta medida son personas que han obtenido la nacionalidad española en los últimos años y pueden traerse a su familia.

También se amplía el concepto de familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.


Abogada de Extranjeria en Madrid - Nacionalidad