Una de las principales dudad que surgen a muchos de nuestros clientes es la de si deben o no presentar contrato de trabajo para poder solicitar la nacionalidad española; y la respuesta es NO.
No hace falta que el interesado acredite medios económicos (ni contrato de trabajo, vida laboral, nóminas, alta como autónomo etc…). Y la razón es sencilla, pues la manera que tiene el solicitante de demostrar su “grado de integración” es la superación del examen de conocimientos constitucionales y culturales de España (CCSE) y el examen de conocimiento del Castellano DELE A2 (obligatorio únicamente para los nacionales de países en los que el castellano no sea lengua oficial).
Antes de octubre de 2015, la acreditación del suficiente grado de integración se realizaba generalmente con la aportación de medios económicos, arraigo familiar en el país y los exámenes o entrevistas personales realizados por el Juez encargado del Registro Civil, que originaron graves perjuicios a los interesados dada la discrecionalidad de los mismos, y que por desgracia han sido causantes de numerosas causas de denegación de nacionalidad.
Con la realización de los exámenes gestionados por el Instituto Cervantes, con el mismo criterio y uniformidad para toda España se han evitado estas situaciones, y por tanto basta con acreditar la superación de estos exámenes para demostrar el grado de integración en España.