Uno de los principales requisitos para poder reagrupar a un familiar es la acreditación de disponer de recursos fijos y regulares suficientes para su propia manutención y la de los miembros de su familia.
¿Pero cuál es exactamente la cuantía y cómo puede demostrarse?
En aquellos casos en los que se vaya a reagrupar a una sola persona, se exige una cantidad mensual del 150 % del IPREM, es decir
900 euros mensuales. Y por cada miembro adicional se deberá sumar, el 50% del IPREM 300 euros.
Esta cuantía puede ser reducida cuando se reagrupen menores y representados, de forma que aunque no se llegue al importe anterior; si se tiene una fuente estable de ingresos igual o superior al salario mínimo interprofesional, es decir un contrato de trabajo indefinido de al menos 1.184 euros mensuales brutos, podrá realizarse la solicitud.
En todo caso si una unidad familiar es de dos miembros, siendo uno menor, la cantidad que se exigirá será el 110% de la cuantía garantizada del Ingreso Mínimo Vital con carácter anual, es decir 724 euros mensuales, y por cada menor edad adicional, se exigirá un 10% adicional.
Para acreditar estos recursos económicos se podrá presentar:
Elena Abella.
Abogada de Extranjería.
654.788.604