Publicada la Instrucción con los requisitos del Nuevo Permiso para Familiares de Españoles.

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Derecho de extranjería.


Ya se ha publicado la instrucción del nuevo permiso para familiares de españoles, con una importante novedad muy ventajosa, y es que se va a permitir que los hijos mayores de 18 años y los ascendientes puedan solicitar el permiso desde España, sin necesidad de regresar a su país, tal y como establecía el Reglamento, la instrucción modifica esta exigencia.

En el caso de que lo ascendientes fueran menores de 80 años y no se pudiera acreditar que están a cargo del familiar español, podrán acogerse al arraigo social por tener familia directa legal en España.

Respecto a la Familia Extensa no hay limitación de personas a reagrupar cualquier que sea el parentesco siempre y cuando se acredite que se encuentran a cargo en su país de origen.

 

Se aclara igualmente que personas podrán acceder a la Residencia de Familiar de Español; aquellos que tengan un visado de reagrupación familiar comunitaria, las personas que estén tramitando una tarjeta comunitaria e incluso el ciudadano de la Unión Europea.

 

Se irá ampliando esta información en los próximo días.

 

Elena Abella.

Abogada de Extranjería.


Instrucción del Nuevo Permiso para familiares de Españoles.



Abogada de Extranjeria en Madrid - Nacionalidad