Lamentablemente hoy en día son numerosos los extranjeros que de forma indiscriminada sin haber cometido falta o delito alguno son detenidos y llevados a la comisaría de policía.
En el caso de que se encuentren de forma irregular, bien porque hayan agotado el tiempo de estancia permitida (tres meses), o porque por diversas circunstancias no hayan podido renovar su tarjeta de residencia, la policía les incoa un expediente de expulsión (conocido de forma habitual como carta de expulsión), este documento no implica la expulsión automática del país, sino que se trata del inicio de un procedimiento administrativo sancionador que puede acabar de diversas maneras.
Normalmente el detenido es asistido por un abogado en la comisaría (particular o de oficio) y éste dispone de un plazo de 48 horas para realizar un escrito de alegaciones. Este escrito y la documentación que se aporte es fundamental en la resolución del procedimiento, pues del mismo dependerá que el expediente caduque (es decir se archive) o por el contrario se dicte una Resolución de multa o expulsión.
En el escrito de alegaciones a realizar por el abogado, es preciso que se acredite el arraigo del extranjero, tanto familiar como social con la mayor documentación posible (certificado de empadronamiento, tarjetas de residencia de sus familiares, intentos de regularizar su estancia en España etc..) también es fundamental acreditar la identidad y entrada en el país con el pasaporte y el sello de entrada que coste en el mismo. Cuanta mayor sea la documentación que se aporte mayores posibilidades de éxito habrá de que de que las alegaciones prosperen.
La policía dispone de un plazo de seis meses para resolver el expediente y examinar el escrito presentado por el abogado, durante ese tiempo el extranjero puede circular libremente con la copia del documento que le han dado en la comisaría (el inicio del expediente sancionador) y su pasaporte y en caso de ser detenido bastará con que lo muestre a los agentes policiales.
El procedimiento puede terminar de varias maneras:
Es muy importante que el extranjero se mantenga en contacto con su abogado, pues en ocasiones la policía notifica a éste la Resolución (de multa o expulsión) y si el abogado no puede contactar con su cliente no podrá recurrir la misma con el consiguiente perjuicio para el extranjero.