¿Deben acreditarse medios económicos y aportar Seguro Medico?

Información sobre Permisos reglamento 2024-2025
Permisos de Residencia

El nuevo Permiso NO requiere la acreditación de medios económicos por parte del ciudadano española con carácter general salvo en tres supuestos:

 

Si el familiar a reagrupar es:

  • Hijo mayor de 26 años.

  • Ascendientes mayores de 80 años.

  • O cualquier familiar incluido dentro de la familia extensa (hermanos, nietos, primos etc..).

En estos casos se tendrá que acreditar que se dispone de medios suficientes para poder mantener al familiar al que se desea acreditar, estos recursos serán:

 

  • Si la unidad familiar es de dos miembros 660 euros al mes o 7.900 euros anuales. O justificar que se tiene un patrimonio de al menos 23.000 euros.

  • Si la unidad familiar es de más de 2 miembros, 856 euros o 10.000 euros anuales. O un patrimonio de al menos 23.000 euros.

Respecto al seguro médico, en ningún supuesto se exige la aportación de un seguro médico o el derecho al acceso a la asistencia sanitaria pública.

 

Elena Abella.

Abogada de extranjería.

654.788,604

 



Abogada de Extranjeria en Madrid - Permisos de Residencia y Trabajo