La documentación para poder solicitar el permiso de familiar de ciudadano español, varía según la persona que lo solicite, siendo fundamental en todos los casos acreditar el vínculo con el ciudadano español.
La documentación a aportar en todos los casos es:
En los supuestos de Cónyuge el vínculo familiar se acredita con el Certificado de matrimonio emitido por el Registro Civil español actualizado.
La Pareja registrada, debe aportar Certificado del Registro Público de Parejas de Hecho.
Las Parejas estables, es decir las que no están casadas ni inscritas en un Registro oficial, deben acreditar o:
Los Hijos del ciudadano español o de su cónyuge, pareja registrada o pareja de hecho:
Los Ascendientes es decir los padres de españoles o del del cónyuge, pareja registrada o pareja
de hecho:
Los padres de menores con nacionalidad española:
Deberán aportar el certificado de nacimiento del menor, copia de su DNI o pasaporte, sino
se convive con el mismo demostrar que se cumple con las obligaciones paternofiliales (pago de la pensión),
Los hijos cuyo madre o padre sean o hubieran sido españoles de origen. En estos supuestos hay que aportar certificado de nacimiento del interesado, certificado de nacimiento del progenitor.
La Familia extensa: la documentación fundamental será acreditar no sólo el vínculo familiar sino también el estar a cargo del ciudadano español.
Abogada de Extranjería.
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